Abordaje de la salvaguarda B: El marco legal nacional reconoce y protege el derecho al acceso a la información tanto en la Constitución Política como en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información.
En el contexto de la ENAREDD+ se entenderá por “derecho al acceso a la información” como el derecho del público a acceder a la información existente mediante solicitud previa. Mientras que “transparencia proactiva” se referirá al deber del Estado de recabar y difundir la información.
El marco legal prevé además del INAI, que diversas entidades de la APF cuenten con un mandato claro en términos de la distribución de información relevante. Asimismo, indica la manera en que debe difundirse o proporcionarse la información; previendo al internet como el medio con mayor recurrencia.
Respeto de la salvaguarda B: A través del SIS y del MAC se reciben solicitudes de información sobre diversos temas desde el quejas sobre los programas de apoyo para el desarrollo forestal sustentable, así como de información pública sobre el sector forestal, las cuales son redireccionadas al INAI o al sistema del SIAC (Servicios de Información y Atención Ciudadana), o atendidas por el Órgano Interno de Control de la CONAFOR.